No quiso cometer una pequeña irregularidad: le resultó fatal

Este relato, penoso relato, corregido por Enrique Alonso Fernández, fue presentado en el Gran Premio Nacional de la Burocratez.

Sucedió que un profesional intentó proceder a la Regularización previa de dos pequeños cambios en un edificio de Propiedad Horizontal, ya construidos según el Permiso de Construcción 166235/año 1987 de la Intendencia Municipal de Montevideo. Habían cambiado la ubicación del tanque en subsuelo y agregado un local comunitario consistente en un entrepiso dispuesto en el vacío de la rampa al subsuelo. No afectaban la volumetría externa y tenían pequeña cuantía (doce metros cuadrados en mil cien).

Parece que era corriente que sus colegas arriesgaran presentar la Inspección Final sin previa regularización, apostando a que pasaran inadvertidas por el Inspector. El no quiso hacerlo. No quería aparecer como omiso en el pago del derecho de edificación del área adicionada y porque la posible observación de esas irregularidades podría haber determinado demoras considerables en un trámite que urgía a su cliente.

Pero sucedió que el 19 de marzo de 1990, la Junta Departamental, por iniciativa de la I.M.M., suspendió la tramitación de nuevos Permisos de Construcción en la zona de ubicación del edificio hasta el 15 de setiembre del mismo año. Debía concluirse un estudio del reglamento de preservación de valores edilicios del área, tema que, normalmente, afecta exclusivamente el espacio urbano. Seguramente el buen hombre no creyó relevante ese problema, porque el edificio contaba con un Permiso de Construcción otorgado tres años antes y  el trámite que emprendía, insumía normalmente 15 días y su costo en la época era de N$ 4.750.

Cuenta de este modo sus desventuras:

«Iniciado el trámite el 3 de abril de 1990 encuentro el primer escollo en Mesa de Entrada. Para el funcionario actuante, en virtud del Decreto 24466, el expediente no podrá tramitarse hasta el 15 de setiembre. Le explico vanamente que no se trata de un nuevo Permiso de Construcción, sino de uno aprobado tres años antes y correspondiente a una obra terminada.

 La discusión se traslada al despacho del Director del Servicio de Edificación, Arquitecto Gustavo Crocco, quien pese al desagrado del funcionario me da la razón.

 El mismo día el expediente es remitido al Servicio de Regulación Territorial, donde sufre otro percance. Un funcionario subalterno no se pone de acuerdo con la Subdirectora del Servicio de Regulación Territorial, Arq. Mabel Luzardo, quien insiste reiteradamente que el trámite debe continuar.

La controversia dura 42 días, desde el 3 de abril al 15 de mayo y, ante mi sorpresa, finaliza con la elevación del expediente a la Dirección de Edificación (tercer piso).

 Tras otras postergaciones, el asunto es incluido en un Acuerdo del Intendente, lo que pese a mis denodados forcejeos cotidianos recién ocurre el 23 de julio de 1990.

 Haciendo un alto en el camino, miro el almanaque con estupor y desolación. Aquel «desacuerdo inocente» entre dos funcionarios de Ordenamiento Territorial dio origen a ese embrollo que va durando 110 días.

 Pero el trámite prosigue ahora por carriles aceitados, aprobándose el 30 de agosto de 1990, aunque días antes debí superar una noticia infartante.

 ¡El costo del trámite merced al periplo graciosamente recorrido, se había incrementado de N$ 4.750 a N$ 504.750 (106,26 veces más)!

 Apelando a las últimas fuerzas que aún me permitían deambular por las oscuras galerías, pido audiencia con la Jefa de la Sección Permisos, a quien explico la injusticia de esta liquidación. Conviene conmigo en que no soy responsable de la demencial peregrinación del expediente y ordena se me aplique la tarifa mínima. Total: N$ 204.750 (apenas 43,10 veces más).

 En realidad, el costo del trámite había sido modesto frente al costo de 345 horas de esfuerzo profesional dedicado a un absurdo trámite en el transcurso de 161 días (10.7 veces más de lo correspondía a esta clase de trámites).

 Pero la batalla ha terminado.»

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