Centenares de miles de partidas de nacimiento

Allá por 1869 entró en vigor el Código Civil al que le dieron forma y contenido Eduardo Acevedo y Tristán Narvaja.

 

En él se estableció que “la edad y la muerte se probarán por las partidas de nacimiento y defunción”.

 

A su vez, en 1978 se aprobó la Ley de Identificación Civil creando el documento público obligatorio conocido como Cédula de Identidad, el cual debía contener – entre otros datos – el “lugar y fecha de nacimiento”.

 

Durante los 12 años siguientes centenares de miles de partidas de nacimiento fueron solicitadas en las Oficinas del Registro Civil para comprobar la fecha de nacimientVer la entradao para numerosos trámites, previo pago – por supuesto – de una tasa.

 

 

Hasta que el Poder Ejecutivo (Decreto 305 de 3 de julio de 1990), a propuesta del PRO.NA.DE. (Programa Nacional de Desburocratización), consideró que dicha Cédula, emitida a partir de la partida de nacimiento, era un certificado público suficiente para acreditar, también, la fecha de ese hecho, evitándose una duplicación documental innecesaria, con la consiguiente pérdida de tiempo y de dinero por parte del administrado”.

 

A partir de esa fecha se eliminaron centenares de miles de partidas de nacimiento con el consiguiente ahorro para el ciudadano interesado, no solo medido en términos del costo del trámite que dejó de pagar y del traslado para gestionarla sino también, en términos del costo de su tiempo perdido que, muchas veces, no se toma en cuenta.

 

Fue la aplicación de un principio elemental: no pedirle a la gente documentación que el Estado ya posee en alguna oficina.

 

Y todos trabajaron menos y mejor… y algunos dejaron de cobrar y muchos otros dejaron de pagar.

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